Es muy común encontrarse con creativos que dicen trabajar como independientes o “freelance”, pero en la práctica actúan como si fuesen empleados de confianza de sus clientes.
Esto suele pasar cuando no tienes claro lo que te hace independiente. Y no, trabajar en pijama desde tu casa no es lo que te hace “freelance”.
Hace poco hicimos una encuesta en nuestra cuenta de Instagram @derechoparacreativos donde la mayoría se identificó como artista independiente, por esta razón hoy queremos hablar del tema, teniendo en cuenta los aspectos legales que influyen a la hora de establecer nuestro rol como trabajadores independientes.
¿Eres empleado o independiente?
Un empleado es alguien que ofrece su fuerza de trabajo a una empresa bajo una relación laboral. Esta relación tiene 3 características:
- El empleado debe hacer el trabajo por sí mismo. No puede aceptar el trabajo y luego enviar a otra persona para que lo haga por él;
- El empleador debe darle un salario al empleado por sus tareas, que puede ser semanal, quincenal o mensual. También puedes acordar la forma en la que vas a recibir ese dinero, si es por transferencia (lo usual), en efectivo o cualquier otro medio que puedan fijar de común acuerdo.
- La más importante: el empleado se vuelve un subordinado del empleador. Es decir, el trabajo lo tiene que hacer bajo las reglas que le impone la empresa. Entonces, el empleador es quien te indica cuál es tu horario laboral, qué tareas debes cumplir, si puedes trabajar en casa o en oficinas, si te tienes que trasladar a otra ciudad o incluso establece la forma en la que te debes vestir o hablar con los clientes de la empresa.
Esta relación laboral se regula por medio de un contrato laboral, que puede ser verbal o por escrito, a tiempo definido o de forma indefinida.
Cuando eres empleado tienes ciertos beneficios, como el mito de recibir primas, vacaciones, cesantías, además, el empleador cubre parte de tus pagos por salud y pensión, además de cubrir ARL. Pero también tienes obligaciones que van muy relacionadas al hecho de que eres dependiente de tu empleador, por ejemplo, si trabajas para una empresa en particular, por lo general no puedes ser empleado de otra empresa similar durante el tiempo en el que esté vigente esta relación laboral. Otra obligación muy común en el sector creativo: la cesión de derechos patrimoniales de tu propiedad intelectual.
Cuando eres independiente, eres una persona que ofrece su fuerza de trabajo como un servicio. Cuando una persona te contrata como trabajador independiente no será llamada jefe o empleador, será llamado contratante y tú contratista. O mejor dicho, tu cliente.
La relación con esta persona se regula principalmente por la forma en la que tú quieres ofrecer tus servicios. El cliente tendrá la oportunidad de pedirte algún ajuste, pero al final del día, tú no tendrás la obligación de aceptar su propuesta si no te parece favorable.
Como ves, al ser independiente tienes la capacidad de establecer las reglas del juego. Pero también debes cumplir con ciertas obligaciones: te toca cubrir directamente el total de tus prestaciones sociales, manejar tu contabilidad, declarar renta, manejar ciertas responsabilidades sobre datos de tus clientes, entre otros.
Tu fortaleza es la libertad de trabajar para todos los clientes que quieras, por lo general no tendrías vínculos de exclusividad con alguno, a menos que paguen por ello. Y dependiendo de cada proyecto, puedes decidir hasta qué punto vas a ceder los derechos patrimoniales sobre la propiedad intelectual que has creado para tus clientes.
Si eres trabajador independiente, debes adoptar YA MISMO las siguientes recomendaciones:
1.Pon tu precio, no esperes que lo haga el cliente
Esto nos pasa a todos cuando empezamos. No tenemos idea de cuánto cobrar. Lo cierto es que como trabajadores independientes tenemos la capacidad de fijar cuánto nos deben pagar como honorarios (ojo, no es un salario) por nuestros servicios…y ahí es cuando creemos que a lo mejor tanta libertad nos da un poco de miedo.
Te sugerimos tener en cuenta lo siguiente: el salario minimo legal vigente de tu país, cuánto debes pagar por tu salud y pensión, establecer cuánto cuesta tu hora de trabajo, el tiempo que te tomas, si es necesario adquirir algunos materiales (pinturas, papelería, etc), incluso ten presente el uso que se le dará a lo que haces, en especial cuando tu trabajo implica cesión de derechos patrimoniales o por lo menos una licencia. Porque no es lo mismo hacer un mural en la fachada de un restaurante, a que el diseño que pintas en esa fachada también se use en las prendas de vestir, en los platos del local y su merch.
Como ves, hay muchos factores que importan, cosa que solo tú deberías considerar y no esperar a que sea tu cliente quien lo indique, porque ellos no tienen el panorama completo.
A veces, suelen guiarse solo del tiempo que te vas a tomar, otros solo van a fijarse en los materiales que usarás, pero tú eres el que pones las reglas, enfócate y haz la propuesta desde tu posición. Si desean negociar, se puede abrir la posibilidad de acordar un punto medio, pero al final, eres tú quien decide.
2.Establece los términos de tu forma de trabajar
Si un cliente quiere contar con tus servicios, lo primero que debes hacer es escucharlo, saber qué necesidades tiene y cómo lo puedes ayudar con eso.
Luego, si tú consideras que puedes hacer el trabajo, debes estudiar lo que te exige: cuánto te vas a tardar, qué necesitas tú, cómo lo entregas, cuál será la forma de comunicarse entre ustedes, si vas a necesitar más manos extras, etc.
El cliente debe conocer tus condiciones, no puedes esperar a que sea el cliente quien te diga cómo harás tu trabajo. Esto es muy importante porque desde el plano legal tú solo vas a cumplir con las obligaciones o condiciones a las que estás llamado como trabajador independiente, pero si el cliente te exige más allá, puede cruzar la línea y termina comportándose como si fuese tu empleador, no tu cliente.
El empleador o “jefe” es quien decide tu horario de trabajo, si trabajas en casa o en oficina, si usarás uniforme o no, las herramientas que usarás. Pero si es tu cliente, todas esas cosas las decides tú en primer lugar, la excepción a la regla es cuando el proyecto te exige ciertas condiciones, por ejemplo, un mural de un restaurante no se puede pintar desde tu casa, te toca hacerlo en la fachada del lugar.
3. No esperes a que el cliente te entregue el contrato para formalizar la relación
Un gran error recurrente: esperar que el cliente se encargue de toda la parte administrativa del asunto, incluyendo los contratos.
En muchas ocasiones el creativo independiente empieza a prestar sus servicios aunque no hayan firmado un contrato con su cliente.
Es cierto que, en algunos servicios no es necesario un contrato, pero siempre es bueno que tú como creativo independiente cuentes con tu propio contrato para darle más formalidad a tu forma de trabajar, además te ayuda a que, si en algún momento el cliente no cumple con su parte, puedas tomar acciones legales para perseguir el pago o cualquier otra compensación por su incumplimiento.
A veces el cliente puede encargarse de la redacción del contrato, pero es la excepción. Deberías asumir este compromiso por ti porque eres quien ofrece el servicio, el que tiene la obligación de cumplir con hacer algo, que luego será recompensado por el cliente con los honorarios que has pactado.
En Conclusión:
No se trata de que seas el propio dictador, solo se trata de que no seas pasivo en la relación con tu cliente. Cómo independiente te toca tener la iniciativa, proponer y establecer cómo ofreces tus servicios. Si el cliente necesita ajustes lo pueden hablar y lograr que todo sea justo para ambos. Aprendamos a valorar la independencia que nos permite reforzar nuestra identidad y nuestro impulso creativo.
Si quieres una orientación sobre el tema, no dudes en escribirnos, ¡estamos para ayudarte!

